Es un régimen suspensivo de impuestos que permite la estancia de mercancías de importación un plazo máximo de 90 días sin pago de Aranceles e IVA. Pasado este tiempo, hay que asignar a las mercancías un destino aduanero: consumo total o parcial, tránsito, otros depósitos y/o reexportarse.
D.A. DEPÓSITO ADUANERO PÚBLICO TIPO A
Este tipo de almacenamiento permite posponer el pago de Aranceles e IVA ya que las mercancías de importación pueden estar sin limitación de tiempo y sin el pago de Aranceles e IVA hasta el despacho de la totalidad o de parte de las mismas.
D.D.A. DEPÓSITO DISTINTO DEL ADUANERO PÚBLICO TIPO A
Es un Almacén Fiscal debidamente autorizado por la Agencia Tributaria que ofrece la ventaja de la suspensión del IVA de las mercancías introducidas bajo este régimen por empresas intermediarias (importadores y distribuidores) hasta su consumo final y la exención del mismo impuesto para las ventas realizadas en este depósito. Esta figura permite introducir mercancía nacional destinada a la exportación para obtener beneficios del IVA.
L.A.M.E. LOCAL AUTORIZADO PARA MERCANCÍAS DE EXPORTACIÓN
Bajo este régimen, desde nuestro almacén se permite el despacho de aduana en régimen de exportación sin llevar las mercancías a la propia Aduana. Esta figura es utilizada habitualmente para el agrupamiento de mercancías.
CERTIFICADOS
UNE-EN ISO 9001:2015 Sistema de Gestión de la Calidad
UNE-EN ISO 14001:2015 Sistema de Gestión Medioambiental
CONTACTO
BILBAO Exportlan Terminal S.L. C/ Refradigas nº4 - Pabellón 6 (ZAL I) 48508 Zierbena - Bizkaia